Sin huella del informante
No se registran IP, User-Agent ni huellas del navegador. Los metadatos EXIF/Office de los adjuntos se limpian antes de almacenarse. El informante recibe un código de seguimiento sin identificarse.
Confidencial, anónimo, conforme RGPD y diseñado para empresas, asociaciones y entidades obligadas por la Ley 2/2023. Sin sorpresas, sin sustos.
Seis verticales de cumplimiento exigidas por la Ley 2/2023, ya operativas el primer día desde el panel del RSII.
No se registran IP, User-Agent ni huellas del navegador. Los metadatos EXIF/Office de los adjuntos se limpian antes de almacenarse. El informante recibe un código de seguimiento sin identificarse.
Soportamos la designación dual de RSII (titular + suplente) como buena práctica recomendada, con regla de abstención automática cuando la denuncia afecta al titular.
Acuse en 7 días, tramitación 3+3 meses, recordatorios programados. El sistema avisa al RSII antes de incumplir.
Cadena de hashes verificable que demuestra ante inspectores AEPD/AAI que ningún registro se ha alterado.
Acta del órgano de administración, designación del RSII, política del canal, plan de formación, paquete de comunicación a la AAI. Todo firmable.
Cada cliente dispone de base de datos y almacenamiento separados. Una incidencia lógica en un cliente no da acceso a los expedientes de otro. Disponible también en tu propia infraestructura.
Todo incluido. Sin sorpresas. Pagas por número de empleados, no por funcionalidad.
Plan
≤ 5 empleados
o 17 €/mes
(180 € / año con IVA · 21 € / mes con IVA)
Contratar MicroPlan
6 – 10 empleados
o 25 €/mes
(276 € / año con IVA · 30 € / mes con IVA)
Contratar PequeñaPlan
11 – 50 empleados
o 39 €/mes
(472 € / año con IVA · 47 € / mes con IVA)
Contratar MedianaPlan
51 – 250 empleados
o 99 €/mes
(1077 € / año con IVA · 120 € / mes con IVA)
Contratar Grande¿On-premise? Licencia perpetua 990 € (Docker, instalación en tu propia infraestructura).
Todas las corredurías y mediadores de seguros constituidos como persona jurídica, incluso con menos de 50 empleados, por su encaje en la Directiva IDD 2016/97 (art. 10.1.b + anexo I.B Directiva 2019/1937). También están obligadas el resto de empresas privadas con 50 o más empleados, los sujetos obligados de prevención del blanqueo, ayuntamientos de más de 10.000 habitantes, universidades, partidos políticos, sindicatos y fundaciones con fondos públicos.
La Ley 2/2023 tipifica el incumplimiento de la obligación de disponer de Sistema Interno de Información como infracción muy grave (art. 63.1.g). Las multas para personas jurídicas pueden alcanzar 1.000.000 € (aunque la cuantía concreta debe individualizarse conforme al art. 66), además de prohibición de contratar con el sector público hasta 3 años y pérdida de subvenciones hasta 4 años.
Desde 149 € al año para empresas de hasta 5 empleados. Hasta 890 € al año para empresas de hasta 250 empleados. Incluye plantillas legales, paquete de comunicación a la AAI, branding configurable, RSII con persona suplente por diseño (buena práctica de continuidad, no exigencia legal del art. 8), audit log inmutable y soporte. Disponible también como licencia perpetua on-premise por 990 €.
El alta es inmediata tras rellenar el formulario de onboarding y firmar el contrato. La instancia se provisiona en 24-72 horas hábiles, con branding y RSII designado ya configurados.
Tras el alta te pedimos 5 datos legales por un formulario aparte (DNI del RSII titular y suplente, fecha del acuerdo del órgano competente, órgano aprobador, justificación de la independencia del suplente y URL donde publicarás la política). Con esos datos generamos automáticamente tu paquete legal completo: política interna del canal, procedimiento de gestión, acta de designación del RSII, contrato de encargo de tratamiento firmado por nosotros, contrato SaaS, circular a empleados, guion de la sesión formativa y material de autoestudio. Todo llega por email al contacto principal en un único envío consolidado en el plazo prometido de 24-72 horas hábiles desde que rellenes el formulario. Los accesos al panel del RSII se envían por separado durante el alta.
Sí. No registramos IP, User-Agent ni huellas del navegador en el lado público. Eliminamos metadatos EXIF y Office de los adjuntos. El informante recibe un código de seguimiento que le permite ampliar o consultar su comunicación sin identificarse.
Sí. Base jurídica correcta (art. 6.1.c RGPD, obligación legal, conforme al art. 30.2 Ley 2/2023). Cifrado de campos sensibles con pgcrypto en base de datos, cifrado de adjuntos en MinIO, audit log inmutable, retención hard-cap a 3 meses conforme al art. 32.4, y contrato de encargo de tratamiento (art. 28 RGPD) firmable con cada cliente cuando hospedamos como SaaS.
Sí. Cumplecanal se entrega como paquete Docker portable. La modalidad on-premise incluye licencia perpetua y soporte anual opcional, ideal para entidades con políticas estrictas de hosting.
Puede ser compatible en determinadas estructuras, pero no por el mero hecho de ser CEO. El art. 8 de la Ley 2/2023 exige independencia funcional del RSII respecto del órgano de administración; cuando CEO/administrador único y RSII coinciden, hay que analizar caso a caso y prever expresamente cómo se gestiona una comunicación que pueda afectar al propio administrador. Cumplecanal incluye por diseño una persona suplente para esa regla de abstención (buena práctica recomendada por la AIPI, no obligación legal del art. 8).
Pregunta legítima. Respuesta honesta: ningún sistema técnico es a prueba del operador del servidor, ni el nuestro ni el de Whistleblower Software, EQS, Tu Canal de Denuncias o cualquier otro proveedor del mercado. Nuestra protección no es pretender lo contrario, es triple. Primero: medidas técnicas estándar del sector (cifrado pgcrypto en BD, RLS multi-tenant, audit log inmutable con cadena hash SHA-256). Segundo: el audit log es auditable por ti desde el panel del RSII — podemos acceder, pero queda rastro y la cadena de hashes hace que no podamos manipularlo silenciosamente sin romper toda la secuencia posterior, lo que cualquier perito detectaría. Tercero: contrato de Encargo de Tratamiento (Art. 28 RGPD) con cláusula penal específica de 30.000 € por acceso fuera de los supuestos autorizados, acumulable con la indemnización por daños. La cláusula está publicada en /comercial/encargo-tratamiento — léela antes de firmar.
Muchas entidades obligadas todavía no lo saben. Resuelve la papeleta hoy y olvídate del riesgo de sanción.
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